Responsabilidad legal de las cadenas de TV por publicidad de apuestas deportivas
En España, las cadenas de televisión que emiten publicidad de apuestas deportivas pueden ser consideradas responsables subsidiarias por su papel como amplificadores esenciales de un producto que garantiza la ventaja estadística de la casa. Aunque esta ventaja no es ilegal por sí misma, la difusión masiva mediante anuncios que puedan inducir al error, omitir información sobre riesgos o vulnerar normas de juego responsable convierte a las cadenas en posibles responsables administrativos, civiles y, en casos graves, penales. Su colaboración en la promoción aumenta el impacto económico y emocional sobre los apostadores y sus familias, según la Ley 13/2011 de regulación del juego, la Ley 34/1988 de publicidad, el Código Penal español y la DGOJ.
Fundamento legal de la responsabilidad
La base jurídica se encuentra en la Ley 13/2011, que regula el juego y establece obligaciones de transparencia y protección al consumidor, complementada por la Ley 34/1988 sobre publicidad, que prohíbe la publicidad engañosa o que omita datos esenciales. Las cadenas de televisión, al actuar como medio de difusión, pueden ser sancionadas si sus anuncios no cumplen con estas normas, ya que facilitan el acceso a un servicio que, por diseño, favorece a la empresa sobre el jugador. La Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ) supervisa el cumplimiento, y en casos de infracción grave, el Código Penal prevé responsabilidades por publicidad ilícita que pueda causar daños a los consumidores.
Consecuencias para las cadenas de televisión
Las consecuencias incluyen sanciones administrativas, como multas o la retirada de licencias de emisión, derivadas de incumplir las normas de publicidad y juego responsable. En el ámbito civil, las cadenas pueden ser demandadas por daños y perjuicios si se demuestra que su publicidad contribuyó a pérdidas económicas o problemas de adicción en los apostadores. Penalmente, si la publicidad se considera un delito, como en casos de estafa o inducción al juego ilegal, las cadenas podrían enfrentar procesos por complicidad, aunque esto requiere una conducta dolosa o negligente grave. En conjunto, esto subraya la necesidad de que las cadenas verifiquen el contenido de los anuncios para evitar ser cómplices en prácticas abusivas.
Parece que las cadenas de televisión han encontrado una nueva forma de apostar: no con dinero, sino con su responsabilidad legal, y la casa siempre gana... hasta que las multas llegan.
Da igual la lectura que hagan las cadenas de televisión con el literal del la ley, al final, resultan indispensables para transmitir el mensaje de las apuestas, incitando al telespectador haciéndole creer que tiene oportunidades de ganar dinero, cuando en el fondo, saben que la banca siempre gana, y que ninguna casa de apuestas se anuncia para perder dinero, siempre juegan con ventaja porcentual, y ahí, es donde radica la vulneración de la ley.
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