Buenas, os expongo mi duda:
Estoy a punto de firmar un contrato de encargo de obra audiovisual y el cliente se empeña en incluir una clausula qué dice que debo entregar todos los originales y archivos utilizados para la creación de la obra.
Yo tenía la idea de que esto, en el mundo de la ilustración nunca se hace, a no ser que te paguen por ello. Pero el cliente, que hasta ahora solo tenía experiencia en la creación de aplicaciones y páginas web insiste en que necesitan incluir en el contrato la entrega del código fuente. Que lo han consultado con su abogado y que es así por ley.
Mi duda es si esto que dice el abogado será aplicable al mundo de la ilustración y animación o es algo que se han sacado de la creación de programas y páginas web en dónde si existe un código fuente necesario para hacer actualizaciones o mantenimiento del producto?