A partir del 14 de noviembre de 2025, las 378.000 empleadas de hogar afiliadas a la Seguridad Social adquieren el derecho a exigir una evaluación de riesgos laborales en los domicilios donde trabajan. Esta medida, establecida por el Real Decreto 893/2024, amplía la Ley de Prevención de Riesgos Laborales al ámbito doméstico, equiparando los derechos de estas trabajadoras con los del resto de profesionales. Los empleadores deben ahora asumir responsabilidades preventivas que antes no existían en este sector.


Obligaciones específicas para los empleadores

Los empleadores deben realizar la evaluación de riesgos utilizando herramientas gratuitas como Prevencion10.es, creada por el INSST para facilitar la autoevaluación. Esta documentación debe incluir la identificación de peligros, la información a la trabajadora sobre dichos riesgos y la adopción de medidas preventivas para minimizarlos. Además, están obligados a proporcionar equipos de protección adecuados, ofrecer formación específica en prevención y permitir la realización de reconocimientos médicos cuando sea necesario.

Actualización y consecuencias del incumplimiento

La evaluación de riesgos no es un documento estático, sino que debe revisarse cuando cambien las condiciones de trabajo o ocurran incidentes relevantes. El incumplimiento de estas obligaciones conlleva sanciones económicas que pueden alcanzar los 49.180 euros, reflejando la seriedad con la que se aborda esta protección laboral. Esta normativa busca garantizar que el entorno doméstico deje de ser un espacio desregulado en materia de seguridad y salud laboral.

Ahora los empleadores descubren que su hogar puede ser tan peligroso como una obra de construcción, especialmente para su bolsillo si no cumplen con la normativa.