El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 662/2024, que regulaba la instalación de paneles solares flotantes en embalses de titularidad estatal. Esta normativa buscaba acelerar la transición energética sin ocupar suelo agrícola, aprovechando la superficie del agua para generar electricidad de forma más eficiente y reducir la evaporación. La decisión judicial deja en el aire los planes del Gobierno para 2030.
Aspectos técnicos de la solar flotante en pantanos ⚡
La tecnología de paneles solares flotantes, o fotovoltaica flotante, permite instalar módulos sobre estructuras ancladas al fondo del embalse. Estos sistemas ofrecen una ventaja térmica: el agua enfría los paneles, lo que puede aumentar su rendimiento entre un 5% y un 10% respecto a instalaciones en tierra. Además, reducen la evaporación del agua al cubrir parte de la superficie y limitan el crecimiento de algas al bloquear la luz solar. Sin embargo, su despliegue requiere estudios de impacto ambiental y compatibilidad con usos como el riego o la navegación.
España prefiere el ladrillo a los paneles sobre el agua 🏗️
Mientras el Supremo dice no a los paneles flotantes, seguimos construyendo campos de golf y urbanizaciones en terreno fértil. Quizás el problema no era la tecnología, sino que al Gobierno se le ocurrió una idea que no implicaba recalificar suelo. Pero tranquilos: siempre podemos poner los paneles en el tejado de algún político, que bastante sombra nos echan ya. Eso sí, que no toquen el agua, que luego viene la sequía y nos quedamos sin poder llenar las piscinas.